{"id":913,"date":"2021-07-12T08:36:36","date_gmt":"2021-07-12T08:36:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/?page_id=913"},"modified":"2021-07-12T08:46:12","modified_gmt":"2021-07-12T08:46:12","slug":"presencia-santa-sede","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/presencia-santa-sede\/","title":{"rendered":"La presencia de la Santa Sede y la finalidad de su actividad en las organizaciones y relaciones internacionales"},"content":{"rendered":"<p><div class=\"fusion-fullwidth fullwidth-box fusion-builder-row-1 fusion-flex-container nonhundred-percent-fullwidth non-hundred-percent-height-scrolling\" style=\"--awb-border-radius-top-left:0px;--awb-border-radius-top-right:0px;--awb-border-radius-bottom-right:0px;--awb-border-radius-bottom-left:0px;--awb-padding-top:27px;--awb-padding-bottom:30px;--awb-background-color:#ffeb3b;--awb-flex-wrap:wrap;\" ><div class=\"fusion-builder-row fusion-row fusion-flex-align-items-flex-start fusion-flex-content-wrap\" style=\"max-width:1144px;margin-left: calc(-4% \/ 2 );margin-right: calc(-4% \/ 2 );\"><div class=\"fusion-layout-column fusion_builder_column fusion-builder-column-0 fusion_builder_column_1_1 1_1 fusion-flex-column\" style=\"--awb-bg-size:cover;--awb-width-large:100%;--awb-margin-top-large:0px;--awb-spacing-right-large:1.92%;--awb-margin-bottom-large:0px;--awb-spacing-left-large:1.92%;--awb-width-medium:100%;--awb-order-medium:0;--awb-spacing-right-medium:1.92%;--awb-spacing-left-medium:1.92%;--awb-width-small:100%;--awb-order-small:0;--awb-spacing-right-small:1.92%;--awb-spacing-left-small:1.92%;\"><div class=\"fusion-column-wrapper fusion-column-has-shadow fusion-flex-justify-content-flex-start fusion-content-layout-column\"><div class=\"fusion-title title fusion-title-1 fusion-sep-none fusion-title-center fusion-title-text fusion-title-size-one\"><h1 class=\"fusion-title-heading title-heading-center fusion-responsive-typography-calculated\" style=\"font-family:&quot;Lato&quot;;font-style:normal;font-weight:300;margin:0;--fontSize:70;line-height:1.4;\">La presencia de la Santa Sede <br \/><\/h1><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><div class=\"fusion-fullwidth fullwidth-box fusion-builder-row-2 fusion-flex-container hundred-percent-fullwidth non-hundred-percent-height-scrolling\" style=\"--awb-border-radius-top-left:0px;--awb-border-radius-top-right:0px;--awb-border-radius-bottom-right:0px;--awb-border-radius-bottom-left:0px;--awb-padding-right:6%;--awb-padding-bottom:8%;--awb-padding-left:6%;--awb-background-color:#faf9f6;--awb-flex-wrap:wrap;\" ><div class=\"fusion-builder-row fusion-row fusion-flex-align-items-flex-start fusion-flex-content-wrap\" style=\"width:104% !important;max-width:104% !important;margin-left: calc(-4% \/ 2 );margin-right: calc(-4% \/ 2 );\"><div class=\"fusion-layout-column fusion_builder_column fusion-builder-column-1 fusion_builder_column_1_1 1_1 fusion-flex-column fusion-animated\" style=\"--awb-padding-top:50px;--awb-bg-size:cover;--awb-width-large:100%;--awb-margin-top-large:0px;--awb-spacing-right-large:1.92%;--awb-margin-bottom-large:40px;--awb-spacing-left-large:1.92%;--awb-width-medium:100%;--awb-spacing-right-medium:1.92%;--awb-spacing-left-medium:1.92%;--awb-width-small:100%;--awb-spacing-right-small:1.92%;--awb-spacing-left-small:1.92%;\" data-animationType=\"fadeInLeft\" data-animationDuration=\"1.0\" data-animationOffset=\"top-into-view\"><div class=\"fusion-column-wrapper fusion-column-has-shadow fusion-flex-justify-content-flex-start fusion-content-layout-column\"><div class=\"fusion-title title fusion-title-2 fusion-sep-none fusion-title-center fusion-title-text fusion-title-size-two\"><h2 class=\"fusion-title-heading title-heading-center fusion-responsive-typography-calculated\" style=\"margin:0;--fontSize:60;line-height:1.5;\">La presencia de la Santa Sede y la finalidad de su actividad en las organizaciones y relaciones internacionales<\/h2><\/div><div class=\"fusion-text fusion-text-1 awb-text-cols fusion-text-columns-2\" style=\"--awb-font-size:16px;--awb-columns:2;--awb-column-spacing:2em;--awb-column-min-width:100px;\"><p><em>El art\u00edculo comienza con una breve introducci\u00f3n hist\u00f3rica para demostrar que la Santa Sede existe como sujeto de derecho internacional independientemente del Vaticano o Estado similar presidido por el Romano Pont\u00edfice; como tal, la Santa Sede participa activamente tanto en las relaciones internacionales bilaterales como multilaterales. Se aportan tambi\u00e9n algunas estad\u00edsticas actualizadas sobre su presencia en el escenario internacional.<\/em><\/p>\n<p><em>El C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico, que entr\u00f3 en vigor en 1983, ofrece una s\u00f3lida base jur\u00eddica para la diplomacia papal. Los c\u00e1nones correspondientes son presentados y comentados dando especial atenci\u00f3n a las relaciones internacionales, mientras que se ha tenido tambi\u00e9n en cuenta el desarrollo de esta actividad espec\u00edfica de la Iglesia cat\u00f3lica.<\/em><\/p>\n<p><em>Por \u00faltimo, las formas en que la Santa Sede est\u00e1 presente en las relaciones y organizaciones internacionales, y los objetivos de su actividad, se presentan seg\u00fan los conocimientos del autor, siendo \u00e9l mismo un miembro del cuerpo diplom\u00e1tico de la Santa Sede.<\/em><\/p>\n<\/div><div class=\"fusion-separator\" style=\"align-self: center;margin-left: auto;margin-right: auto;margin-top:30px;margin-bottom:30px;width:100%;max-width:50%;\"><div class=\"fusion-separator-border sep-single sep-solid\" style=\"--awb-height:20px;--awb-amount:20px;--awb-sep-color:#ffeb3b;border-color:#ffeb3b;border-top-width:3px;\"><\/div><\/div><div class=\"fusion-text fusion-text-2\"><p>Uno de los muchos campos del compromiso de la Iglesia cat\u00f3lica es la actividad diplom\u00e1tica de su organismo central, la Santa Sede. Antes de describir la naturaleza y el prop\u00f3sito de esta actividad, tambi\u00e9n llamada diplomacia papal, podr\u00eda ser \u00fatil un r\u00e1pido repaso a algunos datos hist\u00f3ricos y estad\u00edsticos actualizados.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol>\n<li><strong> Una breve historia y el alcance de la diplomacia papal<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Ya en el siglo cuarto, mucho antes del establecimiento del <em>Estado papal, <\/em>los Romanos Pont\u00edfices como cabeza de la Santa Sede, y por lo tanto de la Iglesia Cat\u00f3lica, sol\u00edan enviar a sus emisarios, no s\u00f3lo a otras autoridades locales de la Iglesia y a los <em>Concilios<\/em> <em>Ecum\u00e9nicos o locales<\/em>, sino tambi\u00e9n a las autoridades civiles (754 d.C.) De hecho, varios autores datan los primeros apocrisarios (enviados) de los Romanos Pont\u00edfices a la corte de Constantinopla entre el siglo cuarto y sexto.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">1<\/a> Aunque su misi\u00f3n era predominantemente de car\u00e1cter eclesi\u00e1stico, no puede considerarse como totalmente exenta de aspectos pol\u00edticos. Un claro ejemplo entre muchos de dicha actividad est\u00e1 representado por el Papa Benedicto I (575-579) cuando envi\u00f3 al monje Gregorio (que m\u00e1s tarde se convertir\u00eda en Papa) tanto a la Iglesia como al emperador de Constantinopla, con el fin de fortalecer las relaciones con la Santa Sede.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">2<\/a><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Estos emisarios pueden considerarse con toda raz\u00f3n pioneros de una red que demostr\u00f3 ser de gran valor, tanto para la Iglesia como para los respectivos Estados de Europa y de alrededor. De acuerdo con las cosotumbres del tiempo, sus misiones eran en su mayor\u00eda temporales. S\u00f3lo a partir del siglo XV los embajadores se convirtieron en representantes permanentes de un Estado soberano. Tal fue el caso de los embajadores de Mil\u00e1n y Venecia ante el Romano Pont\u00edfice, ya en 1458.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn3\" name=\"_ftnref3\">3<\/a> En las d\u00e9cadas siguientes se establecieron las primeras misiones diplom\u00e1ticas estables de la Santa Sede, llamadas Nunciaturas Apost\u00f3licas, en Espa\u00f1a, Francia, la Rep\u00fablica de Venecia, Alemania y Austria,<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn4\" name=\"_ftnref4\">4<\/a> mientras que diez m\u00e1s se unieron a esta lista a lo largo de ese siglo. Sin embargo, desde mediados del siglo XVII, se produjo un retroceso, en el que se redujo dr\u00e1sticamente el n\u00famero de Nunciaturas Apost\u00f3licas activas. Los acuerdos alcanzados en el Congreso de Viena (1814-1815), en el que la Santa Sede estuvo representada por el cardenal Ercole Consalvi, como plenipotenciario papal, reestableci\u00f3 un mejor ambiente para el di\u00e1logo pol\u00edtico y las relaciones diplom\u00e1ticas en general. Esta mejora impuls\u00f3 tambi\u00e9n un renacimiento de la diplomacia papal.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>Incluso despu\u00e9s de la p\u00e9rdida de la soberan\u00eda territorial en los Estados Pontificios, en 1870, la Santa Sede sigui\u00f3 enviando y recibiendo representantes diplom\u00e1ticos de \/ a diversos Estados hasta casi duplicarlos: en el tiempo de la restauraci\u00f3n de la soberan\u00eda territorial en el Estado de la Ciudad del Vaticano, fundado en 1929, el n\u00famero de Estados con tales relaciones pas\u00f3 de diecis\u00e9is a veintinueve.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn5\" name=\"_ftnref5\">5<\/a> Este hito, sin embargo, no ha supuesto un aumento inmediato de la actividad diplom\u00e1tica de la Santa Sede; es a partir de la II Guerra Mundial, y sobre todo despu\u00e9s del Concilio Vaticano II, cuando la diplomacia papal ha estado en constante crecimiento: bajo Pablo VI, que rigi\u00f3 la Iglesia desde 1963 hasta 1978, el n\u00famero de los que estrecharon relaciones diplom\u00e1ticas con la Santa Sede aument\u00f3 de 50 a 89.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn6\" name=\"_ftnref6\">6<\/a> Ese n\u00famero casi se ha duplicado bajo el pontificado de Juan Pablo II y ha seguido creciendo bajo el de Benedicto XVI.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>En abril de 2013, mientras este art\u00edculo se estaba escribiendo, la Santa Sede:<\/p>\n<p>&#8211; A escala bilateral, mantiene relaciones diplom\u00e1ticas con 180 estados y, adem\u00e1s, con la Uni\u00f3n Europea y la Soberana Orden Militar de Malta. Tambi\u00e9n mantiene una misi\u00f3n especial ante la Organizaci\u00f3n para la Liberaci\u00f3n de Palestina;<\/p>\n<p>&#8211; en el \u00e1mbito multilateral, la Santa Sede tiene la condici\u00f3n de observador en las Naciones Unidas y es miembro u observador en 15 de sus organizaciones o agencias, y est\u00e1 acreditada en otras 5 organizaciones regionales, que no pertenecen a las Naciones Unidas;<\/p>\n<p>&#8211; mantiene 115 misiones en el exterior encargadas de las relaciones bilaterales o multilaterales a trav\u00e9s de la presencia constante de personal diplom\u00e1tico acreditado con diferentes rangos. Algunas de estas misiones extienden sus competencias a dos o m\u00e1s Estados u organizaciones internacionales.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> \u00a0<\/strong><strong>Algunas consideraciones para una mejor comprensi\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Un breve repaso hist\u00f3rico pone de manifiesto que la Santa Sede apareci\u00f3 y actu\u00f3 en las relaciones internacionales b\u00e1sicamente como un sujeto con los mismos derechos que los dem\u00e1s actores desde mucho antes del nacimiento de los estados modernos, y con independencia de la soberan\u00eda territorial en los Estados de la Iglesia o de la Ciudad del Vaticano. En otras palabras, la Santa Sede ha sido considerada un sujeto com\u00fan de las relaciones internacionales y del derecho internacional en virtud de su funci\u00f3n de \u00f3rgano central de la Iglesia Cat\u00f3lica y, en determinadas circunstancias hist\u00f3ricas, tambi\u00e9n en virtud de su soberan\u00eda territorial. Este segundo aspecto, sin embargo, no puede considerarse esencial para la cuesti\u00f3n. Dag Hammarskjold, antiguo Secretario General de las Naciones Unidas, lo expres\u00f3 de una manera muy pr\u00e1ctica: <em>\u00abCuando pido una audiencia en el Vaticano, no me voy a ver al Rey de la Ciudad del Vaticano, sino al jefe de la Iglesia Cat\u00f3lica.\u00bb<\/em><a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn7\" name=\"_ftnref7\">7<\/a> Para una comprensi\u00f3n m\u00e1s detallada y precisa, puede ser \u00fatil recordar las palabras del Papa Pablo VI en la Asamblea General de las Naciones Unidas: \u00ab&#8230;quien os habla es un hombre como vosotros; es vuestro hermano, incluso uno de los m\u00e1s peque\u00f1os de entre vosotros, que represent\u00e1is a estados soberanos, porque no est\u00e1 investido \u2013si quer\u00e9is considerarnos bajo este punto de vista- m\u00e1s que por una min\u00fascula y casi simb\u00f3lica soberan\u00eda temporal: el m\u00ednimo necesario para poder ejercer libremente su misi\u00f3n espiritual.\u00bb<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn8\" name=\"_ftnref8\">8<\/a><\/p>\n<p>La afirmaci\u00f3n de que la misi\u00f3n del Papa y de la Santa Sede es espiritual requiere alguna explicaci\u00f3n. En primer lugar, por \u00abespiritual\u00bb no se entiende lo que se opone a \u00abmaterial\u00bb o \u00absecular\u00bb, sino m\u00e1s bien lo que es complementario a aquellos aspectos de la existencia humana. Esto se debe a que las personas y las sociedades no pueden ser consideradas como sujetos meramente espirituales o simplemente materiales. Por el contrario, lo espiritual y lo material se encuentran y co-existen en los seres humanos y la sociedad, o mejor a\u00fan: lo espiritual y lo material no son m\u00e1s que diferentes aspectos de la misma existencia humana, y deben ser considerados como co-relacionados, con el fin de evitar todo tipo de \u00abismos\u00bb, como el espiritismo, el materialismo, el secularismo, etc, tanto en lo individual como en lo social.<\/p>\n<p>En consecuencia, la misi\u00f3n espiritual de la Santa Sede, incluyendo su actividad en las relaciones y organizaciones internacionales, tiene mucho que ver con las cuestiones pr\u00e1cticas sobre de la vida de los pueblos y de los fieles cat\u00f3licos alrededor del mundo. Por otra parte, esas cuestiones se pueden abordar mejor cuando se ven no como meramente inmanentes a este mundo, sino relacionadas con Dios y con los valores que est\u00e1n bien acreditados a lo largo de la historia de la Iglesia Cat\u00f3lica y examinados constantemente por muchos destacados estudiosos cat\u00f3licos y el magisterio de la Iglesia, en lo que respecta a las nuevas circunstancias en las que se van a aplicar. De esta manera, se pueden obtener respuestas correctas, o al menos una mejor comprensi\u00f3n, de los problemas que aquejan a nuestro mundo y nuestras relaciones.<\/p>\n<p>A menudo se dice que la diplomacia papal, en general,\u00a0 tiene mucho que ver con los asuntos internos de la Iglesia y que, en t\u00e9rminos de carga de trabajo, esa parte por lo general requiere m\u00e1s recursos humanos y de otro tipo. \u00c9sta es una de las razones por las que la diplomacia papal es espec\u00edfica. Sin embargo, hay lugares y situaciones donde \u00e9ste no es el caso \u2013puede suceder cuando sea necesario concentrarse en cierta cuesti\u00f3n bilateral, cuando las negociaciones para un acuerdo bilateral se llevan a cabo con las autoridades civiles, cuando un pa\u00eds se enfrenta a problemas pol\u00edticos espec\u00edficos, etc. Por otra parte, los representantes pontificios designados exclusivamente para una o m\u00e1s organizaciones internacionales no tienen el mandato de representar al Papa en las Iglesias locales, por lo que se dedican principalmente a la \u00abcl\u00e1sica\u00bb actividad diplom\u00e1tica multilateral en el sentido corriente del t\u00e9rmino. En otras palabras, la actividad diplom\u00e1tica de la Santa Sede es doble. Al centrarse en la parte \u00abpol\u00edtica\u00bb y t\u00edpicamente \u00abdiplom\u00e1tica\u00bb, el autor de este art\u00edculo de ninguna manera desea minimizar su importancia para la vida interna de la Iglesia; sin embargo, ese enfoque es necesario para permanecer dentro del marco establecido en el t\u00edtulo y se mantendr\u00e1 en las siguientes secciones tambi\u00e9n.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> La naturaleza y finalidad de la diplomacia papal seg\u00fan el derecho can\u00f3nico<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para entender mejor la diplomacia papal, echemos un vistazo a las relativas normas jur\u00eddicas b\u00e1sicas de la Iglesia. El C\u00f3digo de Derecho Can\u00f3nico, promulgado en 1983, habla de los \u00abLegados del Romano Pont\u00edfice\u00bb en los c\u00e1nones 362-367, en referencia a su doble (es decir, dentro de la Iglesia y diplom\u00e1tica) actividad como se ha descrito anteriormente. Examinemos los c\u00e1nones:<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 362<\/strong> El Romano Pont\u00edfice tiene derecho nativo e independiente de nombrar a sus propios Legados y enviarlos tanto a las Iglesias particulares en las diversas naciones o regiones como a la vez ante los Estados y Autoridades p\u00fablicas \u2026 observando las normas del derecho internacional en lo relativo al env\u00edo y cese de los Legados ante los Estados.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El canon 362 reafirma que el derecho de enviar Legados pertenece a la naturaleza misma del oficio de Romano Pont\u00edfice y no depende de ninguna autoridad humana, sin embargo, la designaci\u00f3n de los legados ante los Estados y las autoridades civiles, obviamente, debe ser ejercida de acuerdo con el derecho internacional. Este canon no distingue estrictamente entre los enviados comisionados para una tarea espec\u00edfica de forma temporal y los Representantes Pontificios estables, como veremos en los siguientes c\u00e1nones.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s del texto del canon, es interesante observar que los legados del Papa enviados solamente a las Iglesias particulares (locales) son llamados Delegados Apost\u00f3licos. \u00abAl no estar acreditados en un Estado, no tienen condici\u00f3n diplom\u00e1tica, pero en algunos casos se les concede una especie de estatus cuasi-diplom\u00e1tico, por ejemplo cuando negocian la creaci\u00f3n de una representaci\u00f3n diplom\u00e1tica estable o cuando en un Estado -principalmente por razones hist\u00f3ricas \u2013 no es posible establecer relaciones diplom\u00e1ticas oficiales con la Santa Sede y, sin embargo, ambas partes est\u00e1n interesadas en tener una relaci\u00f3n directa\u00bb.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn9\" name=\"_ftnref9\">9<\/a><\/p>\n<p>La gran mayor\u00eda de los legados, sin embargo, son enviados a las Iglesias particulares (locales) y a los Estados (u otras autoridades p\u00fablicas), y tienen el estatus de un Nuncio Apost\u00f3lico que corresponde aproximadamente al de un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario (o \u00abAlto Comisionado\u00bb en los pa\u00edses de la <em>Commonwealth<\/em> brit\u00e1nica). Antes de 1991, un Legado papal que no era decano del cuerpo diplom\u00e1tico del pa\u00eds se denominaba \u00abPro-Nuncio\u00bb. La pr\u00e1ctica desde entonces es que el representante papal es un Nuncio Apost\u00f3lico, independientemente de si es Decano del Cuerpo Diplom\u00e1tico o no.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 363 \u00a71<\/strong>. A los Legados del Romano Pont\u00edfice se les encomienda el oficio de representarle de modo estable ante las Iglesias particulares o tambi\u00e9n ante los Estados y Autoridades p\u00fablicas a donde son enviados.<\/p>\n<ul>\n<li><strong>2.<\/strong> Representan tambi\u00e9n a la Sede Apost\u00f3lica aquellos que son enviados en Misi\u00f3n pontificia como Delegados u Observadores ante los Organismos internacionales o ante las Conferencias y Reuniones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>El canon 363 distingue entre \u00abLegados del Romano Pont\u00edfice\u00bb (o \u00abLegados Pontificios\u00bb), y los \u00abdelegados\u00bb u \u00abObservadores de una Misi\u00f3n Pontificia\u00bb. Esta segunda categor\u00eda de enviados pueden ser nombrados para una sola misi\u00f3n a corto plazo, como representaci\u00f3n del Romano Pont\u00edfice en un determinado evento (por ejemplo una conferencia internacional sobre un tema espec\u00edfico), o de manera permanente en una organizaci\u00f3n internacional. Sin embargo, s\u00f3lo este canon trata de los \u00abdelegados\u00bb y \u00abobservadores de una misi\u00f3n pontificia\u00bb, mientras que los c\u00e1nones restantes no se aplican a ellos directamente, al menos en un sentido jur\u00eddico estricto.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn10\" name=\"_ftnref10\">10<\/a><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 364<\/strong> La funci\u00f3n principal del Legado pontificio consiste en procurar que sean cada vez m\u00e1s firmes y eficaces los v\u00ednculos de unidad que existen entre la Sede Apost\u00f3lica y las Iglesias particulares. Corresponde por tanto al Legado pontificio, dentro de su circunscripci\u00f3n:<\/p>\n<p>1\u00ba informar a la Sede Apost\u00f3lica acerca de las condiciones en que se encuentran las Iglesias particulares y de todo aquello que afecte a la misma vida de la Iglesia y al bien de las almas;<\/p>\n<p>2\u00ba prestar ayuda y consejo a los Obispos, sin menoscabo del ejercicio de la potestad leg\u00edtima de \u00e9stos;<\/p>\n<p>3\u00ba mantener frecuentes relaciones con la Conferencia Episcopal, prest\u00e1ndole todo tipo de colaboraci\u00f3n;<\/p>\n<p>4\u00ba en lo que ata\u00f1e al nombramiento de Obispos, transmitir o proponer a la Sede Apost\u00f3lica los nombres de los candidatos as\u00ed como instruir el proceso informativo de los que han de ser promovidos, seg\u00fan las normas dadas por la Sede Apost\u00f3lica;<\/p>\n<p>5\u00ba esforzarse para que se promuevan iniciativas en favor de la paz, del progreso y de la cooperaci\u00f3n entre los pueblos;<\/p>\n<p>6\u00ba colaborar con los Obispos a fin de que se fomenten las oportunas relaciones entre la Iglesia cat\u00f3lica y otras Iglesias o comunidades eclesiales, e incluso religiones no cristianas;<\/p>\n<p>7\u00ba defender juntamente con los Obispos ante las autoridades estatales, todo lo que pertenece a la misi\u00f3n de la Iglesia y de la Sede Apost\u00f3lica;<\/p>\n<p>8\u00ba ejercer adem\u00e1s las facultades y cumplir los otros mandatos que le conf\u00ede la Sede Apost\u00f3lica.<\/p>\n<p>El canon 364 reafirma que la funci\u00f3n principal de los legados papales se refiere a la vida interna de la Iglesia, especialmente al fortalecimiento de su unidad. Los n\u00fameros 1 a 4 explican las formas en que esta funci\u00f3n debe llevarse a cabo. Sin embargo, la perspectiva es m\u00e1s amplia y abarca otras \u00e1reas importantes, sobre todo en el n\u00famero 5: la expresi\u00f3n <em>\u00ab<\/em><em>iniciativas en favor de la paz, del progreso y de la cooperaci\u00f3n entre los pueblos<\/em><em>\u00bb<\/em> hay que entenderla en modo amplio y no restrictivo. El Ecumenismo y el di\u00e1logo interreligioso, que se menciona en el N. 6, son importantes no s\u00f3lo desde el punto de vista religioso, sino que puede tener mucho que ver con la promoci\u00f3n del entendimiento y la paz en las sociedades y entre ellas. El N. 7 faculta a los representantes papales para buscar, junto con los responsables de las Iglesias locales, la forma de proteger los derechos de la Iglesia ante el Estado. Esta disposici\u00f3n es de car\u00e1cter general y se refiere tanto a los Delegados Apost\u00f3licos sin acreditaci\u00f3n oficial ante las autoridades civiles como a los Nuncios Apost\u00f3licos con un rol diplom\u00e1tico pleno. Mientras que los concordatos y otros acuerdos similares se tratan espec\u00edficamente en el canon siguiente, aqu\u00ed tenemos una norma general que deja un amplio margen al modo como se ha de llevar a cabo esta tarea. Aunque no se menciona expl\u00edcitamente aqu\u00ed, es evidente que en las actividades correspondientes se ha de tener en la debida consideraci\u00f3n las competencias de las autoridades civiles. Por \u00faltimo, el N. 8 se refiere a otras espec\u00edficas tareas adicionales \u00ab<em>ad hoc<\/em>\u00bb que se le podr\u00edan confiar a un enviado papal.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 365 \u00a71<\/strong>. Al Legado pontificio, que ejerce a la vez su legaci\u00f3n ante los Estados seg\u00fan las normas de derecho internacional, le compete el oficio peculiar de:<\/p>\n<p>l\u00ba promover y fomentar las relaciones entre la Sede Apost\u00f3lica y las Autoridades del Estado;<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba tratar aquellas cuestiones que se refieren a las relaciones entre la Iglesia y el Estado; y, de modo particular, trabajar en la negociaci\u00f3n de concordatos, y otras convenciones de este tipo, y cuidar de que se lleven a la pr\u00e1ctica.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ul>\n<li><strong>2<\/strong>. Al tramitar los asuntos que se tratan en el \u00a7 1, seg\u00fan lo aconsejen las circunstancias, el Legado pontificio no dejar\u00e1 de pedir parecer y consejo a los Obispos de la circunscripci\u00f3n eclesi\u00e1stica, y les informar\u00e1 sobre la marcha de las gestiones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El canon 365 se refiere espec\u00edficamente a los embajadores que representan al Papa no s\u00f3lo ante las Iglesias locales, sino tambi\u00e9n ante los Estados. Como se mencion\u00f3 en la primera secci\u00f3n de este art\u00edculo, la gran mayor\u00eda de los representantes pontificios en la actualidad pertenecen a este grupo y por lo tanto tienen el estatus de Nuncio Apost\u00f3lico. \u00a0El punto N. 1 del \u00a7 1 es bastante general, confiando al Nuncio Apost\u00f3lico la tarea de promover y fomentar las relaciones entre las dos partes. El tenor general de esta norma se explica f\u00e1cilmente por el hecho de que las circunstancias hist\u00f3ricas, culturales y pol\u00edticas var\u00edan mucho de un lugar a otro y cambian con el tiempo: depende de las personas involucradas encontrar las formas concretas de realizaci\u00f3n de esta tarea en un determinado ambiente. El punto N \u00ba 2 del \u00a7 1 faculta al Nuncio Apost\u00f3lico para tratar las cuestiones que surjan entre la Iglesia y el Estado, y hace hincapi\u00e9 en la importancia de la estipulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de concordatos y otros acuerdos similares entre la Santa Sede y los Estados concretos. La forma jur\u00eddica solemne de estos acuerdos ha demostrado y sigue demostrando ser muy \u00fatil en la resoluci\u00f3n y prevenci\u00f3n de muchos problemas pr\u00e1cticos que, de lo contrario, podr\u00edan da\u00f1ar las relaciones mutuas y la buena colaboraci\u00f3n entre las partes. Cuando estos acuerdos no pueden ser alcanzados, la norma requiere de los Nuncios Apost\u00f3licos que busquen otros caminos de di\u00e1logo con las autoridades civiles para que las dificultades puedan superarse.<\/p>\n<p>El \u00a72 del mismo canon expone una norma importante: un Nuncio Apost\u00f3lico, en la consecuci\u00f3n de los objetivos precedentes, ha de informar y consultar a los obispos que ejercen su autoridad en el territorio en cuesti\u00f3n. Por lo general, esta norma implica no s\u00f3lo a los Obispos diocesanos, sino tambi\u00e9n a los que dirigen el Ordinariato militar y sus coadjutores y obispos auxiliares. Siempre que existan otras Iglesias particulares en el territorio, sus Ordinarios han de ser informados e incluidos en dichas consultas en virtud de los c\u00e1nones 381 \u00a7 2 y 368, que se refieren a las prelaturas territoriales, abad\u00edas territoriales, Vicariatos apost\u00f3licos, Prefecturas apost\u00f3licas y administraciones apost\u00f3licas erigidas de manera estable.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 366<\/strong> Teniendo en cuenta el car\u00e1cter peculiar de la funci\u00f3n del Legado:<\/p>\n<p>1\u00ba la sede de la Legaci\u00f3n pontificia est\u00e1 exenta de la potestad de r\u00e9gimen del Ordinario del lugar, a no ser que se trate de la celebraci\u00f3n de matrimonios;<\/p>\n<p>2\u00ba el Legado pontificio, comunic\u00e1ndolo previamente a los Ordinarios de los lugares en la medida en que sea posible, puede celebrar en todas las iglesias de su legaci\u00f3n ceremonias lit\u00fargicas, incluso pontificales.<\/p>\n<p>Este canon se refiere espec\u00edficamente a las cuestiones internas de la Iglesia y, como tal, no es necesario comentar aqu\u00ed en detalle. La parte que podr\u00eda tener alg\u00fan inter\u00e9s para las relaciones Iglesia-Estado, sin embargo, es el punto N. 1, dejando claro que la Autoridad de la Iglesia local no puede intervenir en los asuntos de una legaci\u00f3n pontificia (este t\u00e9rmino por lo general indica una \u00abNunciatura Apost\u00f3lica\u00bb), con la \u00fanica excepci\u00f3n de las celebraciones de matrimonios.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><strong>Can. 367<\/strong> El cargo de Legado pontificio no cesa al quedar vacante la Sede Apost\u00f3lica, a no ser que se determine otra cosa en las letras pontificias; cesa al cumplirse el tiempo del mandato, por revocaci\u00f3n comunicada al interesado y por renuncia aceptada por el Romano Pont\u00edfice..<\/p>\n<p>El can. 367 es importante tanto para la Iglesia local a la que un Representante Pontificio ha sido enviado y, cuando sea el caso, tambi\u00e9n para la autoridad civil ante la que ha sido acreditado. Su doble misi\u00f3n normalmente contin\u00faa incluso cuando la Sede Apost\u00f3lica queda vacante (que ocurre cuando el Romano Pont\u00edfice muere). En la gran mayor\u00eda de los casos, la misi\u00f3n de un enviado cesa con su traslado a otra misi\u00f3n, o con la aceptaci\u00f3n de la renuncia por parte del Papa. En el caso de los Nuncios Apost\u00f3licos, estos eventos deben ser comunicados oficialmente a las autoridades civiles, de acuerdo con la Convenci\u00f3n de Viena sobre relaciones diplom\u00e1ticas.<a href=\"http:\/\/nunciaturapostolica.es\/presenciaSantaSede.html#_ftn11\" name=\"_ftnref11\">11<\/a><\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong> Las formas de presencia y la finalidad de la actividad de la Santa Sede en las relaciones y las organizaciones internacionales en la actualidad<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Una de las formas m\u00e1s significativas de la presencia de la Santa Sede en las relaciones y las organizaciones internacionales es a trav\u00e9s de su diplomacia, cuyos elementos principales son las Nunciaturas Apost\u00f3licas y otras Representaciones pontificias. Dependen principalmente de la Secretar\u00eda de Estado y trabajan en estrecha relaci\u00f3n con otros Dicasterios (departamentos) de la Curia Romana, que ayudan al Papa como cabeza de la Iglesia Cat\u00f3lica. Por otra parte, las relaciones con los Estados se mantienen a trav\u00e9s de sus Representantes acreditados ante la Santa Sede, de los cuales 81 residen en la ciudad de Roma.<\/p>\n<p>Los objetivos actuales y los diversos \u00abcampos de acci\u00f3n\u00bb de la diplomacia papal en las relaciones y organizaciones internacionales pueden resumirse de la siguiente manera y consisten en:<\/p>\n<p>&#8211; La promoci\u00f3n y, cuando sea necesario, la defensa de la paz, la promoci\u00f3n del di\u00e1logo interreligioso como medio para lograr la paz entre los diversos grupos, naciones y civilizaciones; el rechazo de la violencia en las controversias pol\u00edticas internas; la mediaci\u00f3n en la resoluci\u00f3n de conflictos; el rechazo de la guerra como una forma de resolver las disputas entre los Estados; el apoyo a iniciativas encaminadas a un desarme efectivo;<\/p>\n<p>&#8211; promoci\u00f3n y defensa de los derechos humanos, especialmente en el caso de las categor\u00edas m\u00e1s d\u00e9biles de la raza humana: los ni\u00f1os (incluyendo a los que todav\u00eda no han nacido), las mujeres, los emigrantes y refugiados. Se presta una atenci\u00f3n especial a la familia natural como la unidad b\u00e1sica de la sociedad y cuyo debilitamiento puede causar enormes da\u00f1os a las personas y las civilizaciones. Se est\u00e1n siguiendo tambi\u00e9n muchas cuestiones importantes en materia de desarrollo de la biotecnolog\u00eda y la biogen\u00e9tica, en particular, tratando de asegurar que se tengan en cuenta las debidas consideraciones \u00e9ticas en esas cuestiones sensibles. Por \u00faltimo, pero no menos importante, la Santa Sede y su diplomacia se centran en la libertad religiosa y el respeto de sus diferentes aspectos;<\/p>\n<p>&#8211; promoci\u00f3n de la educaci\u00f3n y la cultura. Hay muchos pa\u00edses en los que la Iglesia cat\u00f3lica ha sido y sigue siendo uno de los pilares del sistema educativo, o puede contribuir a ello y al desarrollo de la cultura, as\u00ed como al intercambio cultural. Por lo general, estas \u00e1reas requieren una cierta coordinaci\u00f3n con las autoridades civiles, y el planteamiento diplom\u00e1tico puede ser muy fruct\u00edfero para ambas partes;<\/p>\n<p>&#8211; promoci\u00f3n de programas de progreso y de ayuda en diversos campos: la educaci\u00f3n y la cultura ya se han mencionado, pero no son los \u00fanicos dignos de consideraci\u00f3n. Siempre que sea posible y adecuado, se apoyan proyectos sociales y humanitarios, como la creaci\u00f3n y mantenimiento de centros de salud, la prevenci\u00f3n de desastres naturales y la recuperaci\u00f3n, abastecimiento de agua potable, programas de alimentaci\u00f3n, las situaciones de emergencia que afectan a la poblaci\u00f3n civil durante los conflictos armados, etc. En tales situaciones, la acci\u00f3n de la Santa Sede a trav\u00e9s de su diplomacia a veces s\u00f3lo puede ser simb\u00f3lica, debido a los recursos econ\u00f3micos limitados, pero resulta muy eficaz en cuanto a la sensibilizaci\u00f3n de las organizaciones de ayuda cat\u00f3licas y de otro tipo, as\u00ed como de organismos de todo el mundo;<\/p>\n<p>&#8211; concordatos y otros acuerdos con los Estados, destinados b\u00e1sicamente a garantizar que la autoridad civil y religiosa est\u00e9 adecuadamente separada y aut\u00f3noma, pero colaborando en aquellos \u00e1mbitos en los que sus competencias o intereses se aproximen. En otras palabras, estos acuerdos versan sobre la protecci\u00f3n de los derechos y libertades de la Iglesia cat\u00f3lica en un pa\u00eds determinado y, al mismo tiempo, tratan de garantizar el car\u00e1cter laico del Estado y las obligaciones de la Iglesia cat\u00f3lica con respecto a las autoridades civiles. Por \u00faltimo, las partes suelen afirmar la preferencia por la negociaci\u00f3n y la soluci\u00f3n diplom\u00e1tica de las cuestiones que puedan surgir en el futuro.<\/p>\n<p>Al enunciar m\u00e1s arriba los \u00abcampos de acci\u00f3n\u00bb de la diplomacia papal no se ha distinguido entre el nivel bilateral y multilateral. Esto se ha hecho as\u00ed a prop\u00f3sito, ya que la actividad de la Santa Sede, si quiere ser eficaz en el mundo contempor\u00e1neo global e interconectado, no es y no puede limitarse a uno de los dos.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong> Conclusiones<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>De una manera muy sucinta, se puede decir que la finalidad de las actividades de la Santa Sede en las relaciones y organizaciones internacionales es la de hacerlas cada vez m\u00e1s sensibles a las necesidades que se derivan de la ley de Dios y de la ley natural, de las exigencias de la justicia y la paz, del respeto de los derechos humanos, entre ellos el de la libertad religiosa, y de la solidaridad entre los grupos sociales y las naciones. La tarea es enorme y la historia nos ense\u00f1a que el \u00e9xito no est\u00e1 siempre garantizado. Sin embargo, la Iglesia Cat\u00f3lica y, espec\u00edficamente, la Santa Sede es consciente del mandato de ser \u00ab sal de la tierra y luz del mundo\u00bb (cf. <em>Mt<\/em> 5,13-16). Si bien la diplomacia papal no es un instrumento perfecto para el cumplimiento de este mandato, y ciertamente no es el \u00fanico, sin duda ha demostrado y sigue mostr\u00e1ndose de gran utilidad.<\/p>\n<\/div><div class=\"fusion-separator\" style=\"align-self: center;margin-left: auto;margin-right: auto;margin-top:30px;margin-bottom:30px;width:100%;max-width:50%;\"><div class=\"fusion-separator-border sep-single sep-solid\" style=\"--awb-height:20px;--awb-amount:20px;--awb-sep-color:#ffeb3b;border-color:#ffeb3b;border-top-width:3px;\"><\/div><\/div><div class=\"fusion-text fusion-text-3\" style=\"--awb-font-size:14px;--awb-line-height:16px;--awb-margin-top:30px;\"><p>Mitja Leskovar<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>1 Cf. M. Oliveri, <em>Natura e funzioni dei legati pontifici nella storia e nel contesto ecclesiologico del Vaticano II<\/em>, Torino 1979, 74-75.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>2 A. Sodano, <em>Il lievito del Vangelo. La presenza della Santa Sede nella vita dei popoli<\/em>, Citt\u00e0 del Vaticano 2006, 8.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>3 Cf. M. Oliveri, <em>Natura e funzioni dei legati pontifici nella storia e nel contesto ecclesiologico del Vaticano II<\/em>, Torino 1979, 117.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>4 <em>Ib\u00edd<\/em>.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>5 Cf. G. Lajolo, Uno strumento docile e fedele al Papa, en: <em>30Giorni<\/em> 3 (2006), 2. El texto se puede encontrar tambi\u00e9n en la p\u00e1gina Web: <a href=\"http:\/\/www.30giorni.it\/articoli_id_10264_l1.htm\">http:\/\/www.30giorni.it\/articoli_id_10264_l1.htm<\/a>\u00a0 (consultado el 4 diciembre 2012).<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>6 Cf. J.B. D\u2019Onorio, La Diplomatie Pontificale au XXe si\u00e9cle, in: <em>Pontificia Accademia Ecclesiastica. Terzo Centenario<\/em>, Roma 2003, 146.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>7 H. De Riedmatten, Presence du Saint-Siege dans les Organisations Internationales, in: <em>Concilium 58<\/em>, 1970, p. 74. La misma cita tambi\u00e9n aparece en la Conferencia de J.-L. Tauran, dictada en la Universidad Cat\u00f3lica del Sagrado Coraz\u00f3n de Mil\u00e1n, el 22 abril 2002 sobre el tema \u201cThe Presence of the Holy See in the International Organizations\u201d,<\/p>\n<p>http:\/\/www.vatican.va\/roman_curia\/secretariat_state\/documents\/rc_seg-st_doc_20020422_tauran_en.html<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>8 Pablo VI, Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas, 4 Octubre 1965, en:\u00a0 <em>AAS<\/em> 57, 1965, 877.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>9 \u201cDa sie nicht bei einem Staat akkreditiert sind, genie\u00dfen sie keinen diplomatischen Status, doch kann ihnen in bestimmetn F\u00e4llen ein quasi-diplomatischer Status zukommen, so z. B., wenn sie die Errichtung einer st\u00e4ndigen diplomatischen Vertretung im Verhandlungswege vorbereiten oder auch, wenn &#8211; meist historisch bedingt &#8211; in einem Staat die Aufnahme offizieller diplomatischer Beziehungen mit dem Heiligen Stuhl nicht m\u00f6glich ist, aber beide Seiten an unmittelbaren Beziehungen interessiert sind\u201d; en J. Listl, <em>Handbuch des katholischen Kirchenrects<\/em>, Regensburg 1983, 298.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>10 Cf. L. Chiapetta, <em>Il Codice di Diritto Canonico. Commentario giuridico-pastorale<\/em>, Terza Edizione, Bologna 2011, vol. 1, 465.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>11 Vienna Convention on Diplomatic Relations, Article 10:<\/p>\n<p><em>\u201c1.The Ministry for Foreign Affairs of the receiving State, or such other ministry as may be agreed, shall be notified of:<\/em><\/p>\n<p><em>(a) The appointment of members of the mission, their arrival and their final departure or the termination of their functions with the mission\u201d. <\/em><\/p>\n<p>El texto se ha tomado de la p\u00e1gina Web de <em>Office of Legal Affairs<\/em> of the <em>United Nations<\/em>, <a href=\"http:\/\/untreaty.un.org\/ilc\/texts\/instruments\/english\/conventions\/9_1_1961.pdf\">http:\/\/untreaty.un.org\/ilc\/texts\/instruments\/english\/conventions\/9_1_1961.pdf<\/a> consultado el 3 diciembre 2012.<\/p>\n<\/div><\/div><\/div><\/div><\/div><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"100-width.php","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-913","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/913","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=913"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/913\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":916,"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/913\/revisions\/916"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.nunciaturapostolica.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=913"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}